miércoles, 20 de febrero de 2013

Otro país mundo exige la deconstrucción de las ciencias y tecnologías mediante diálogo con saberes, necesidades e intereses de los diversos de abajo


Aclaremos porqué enfocando el desafío de incorporarnos a
la lucha campesina e indígena

Tamara Perelmuter, en la Introducción a su tesis "Entre bienes comunes y mercancías", nos explica razones para confrontar con el desarrollo de la agricultura sin agricultores:
"Desde el surgimiento de la agricultura, hace miles de años, los productores y productoras rurales han generado los alimentos necesarios para todas las sociedades. Las comunidades campesinas e indígenas han recolectado, almacenado, conservado e intercambiado libremente las semillas, manteniendo el control de las mismas. Todo este proceso implicó la construcción colectiva de un conocimiento que se ha acumulado a lo largo de milenios, fruto de la solidaridad y la cooperación. De esta manera, las semillas poseen un carácter central en las relaciones de producción agrarias. Por un lado, se hacen presentes como primer eslabón de la cadena alimentaria (Ribeiro, 2008). Por el otro, la relación que el hombre encara con la semilla está relacionada con su construcción cultural, la forma en que la sociedad entiende y se entiende en y frente a la naturaleza (Shiva, 2003a). Así, las semillas son, de manera objetiva, parte de la riqueza natural que rodea nuestro planeta. Pero también, en muchos casos, una forma de construcción de identidad que asume una forma específica de relación social con la naturaleza (Arnold, 2001). 
De esta manera, las semillas fueron históricamente consideradas bienes comunes es decir, espacios que están fuera del umbral de lo privado pero que no se definen como estatales. Lo común es aquello que se produce, se hereda o transmite en una situación de comunidad (Illich, 1997; Boyle, 2005, Esteva, 2006). Bienes comunes es una de las tantas traducciones utilizadas para referirse a los commons que, en la época preindustrial, se utilizaba para denominar a aquellas tierras para las cuales el derecho consuetudinario exigía modos específicos de respeto comunitario.
El cercamiento de los commons, proceso que Marx (2002) describió como de acumulación originaria, consistió en el despojo de los comuneros de sus tierras y en su privatización. Autores recientes (Bonefeld, 2001; De Angelis, 2001; Perelman, 2001; Harvey, 2004; Roux, 2008) han puntualizado en que la acumulación originaria no es sólo la etapa que dio origen al capitalismo, sino un proceso continuo, un proceso permanente de separación de los productores de sus medios de producción y de subsistencia y por ende, ha sido caracterizada por David Harvey (2004) como de acumulación por despojo (o desposesión). En los últimos años, todo aquello que esencialmente era común y quedaba por fuera del mercado, se está rápidamente privatizando conforme a un nuevo régimen de propiedad

Esta situación constituye un factor central para la instauración de nuevas formas de indagación científicas regidas por la lógica del mercado y consolidadas por la figura de la propiedad intelectual. Ésta transforma a las semillas y sus conocimientos asociados en productos con valor agregado, plausibles de ser protegidos y apropiados por parte de las empresas biotecnológicas transnacionales constituyendo lo que Armando Bartra (2000) denominó la renta de la vida
Tras la crisis de los años 70, cuando fueron cuestionadas las formas económicas y políticas de tipo welfare o de bienestar, la cuestión central de la acumulación global pasó a ser la creación de certidumbre para la ganancia, que implicó centralmente la búsqueda de garantías para la acumulación del capital (Ghiotto y Pascual, 2008). Esta certidumbre fue lograda tras la creación de un nuevo sistema legal e institucional internacional que tendría como objetivo la liberalización del comercio. En particular, se ha producido la mercantilización de diversas áreas de la vida social y ambiental. Sectores como el agua (y su provisión), la educación y salud públicas, los avances en software, las inversiones (incluso especulativas), los nuevos descubrimientos en genética humana, etc., pasaron a ser considerados “los nuevos temas comerciales” y como tales, comenzaron a recibir un tratamiento similar al de bienes y servicios.
Este pasaje se cristalizó finalmente en los temas que vienen siendo negociados en la Organización Mundial de Comercio (OMC) desde su creación en 1995. Dentro de estos nuevos temas, la propiedad intelectual es central y sobre todo, la discusión acerca de los modos de apropiación de las semillas. En el caso concreto de las semillas, la mercantilización ha operado a partir de dos mecanismos.
  • Por un lado, los nuevos desarrollos de la biotecnología que hacen posible la manipulación genética para la creación de nuevas variedades estandarizadas de semillas con algunas características específicas consideradas como valiosas buscan reemplazar la inmensa diversidad genética (no controlable ni comercializable) por unas pocas variedades.
  • Por otro lado, los instrumentos jurídicos de la defensa de la propiedad intelectual permiten patentar estas nuevas variedades e incorporarlas a los paquetes tecnológicos orientados a incrementar el control por parte de las empresas agroindustriales, con la consecuente pérdida de autonomía de los productores. 
Si bien el sistema internacional de propiedad intelectual data de fines del siglo XIX, en la actualidad éste está adquiriendo nuevos significados. Esta tendencia se ha intensificado con la preponderancia que adquiere la biotecnología en los últimos años, donde los genes se presentan como mercancías que se insertan en el mercado (Rifkin, 2000; López Monja, Poth y Perelmuter, 2010). En el caso específico de las semillas, existen dos formas de reconocer su propiedad intelectual: los derechos de obtentor que están regulados por la Unión de Protección de Obtentores Vegetales (UPOV) y las patentes de invención que son derechos exclusivos otorgados por el Estado a una invención que excluye a otras personas de la posibilidad de hacer uso del mismo sin pagar regalías (OMC, 10995). La expansión de las biotecnologías generó transformaciones fundamentales sobre el sistema de propiedad intelectual. Por un lado, el fallo Diamond – Chakrabarty (EEUU - 1980) sentó un precedente sobre lo que hoy se considera patentable y lo que no, abriendo un nuevo campo: la propiedad intelectual sobre formas de vida (Lander, 2002). Por otro lado, se trata de tecnologías muy caras y que requieren mucho know how para su utilización. De esta manera, bajo el argumento de necesitar un fuerte incentivo para la producción de innovaciones, es que en los últimos tiempos se han venido endureciendo los marcos legales, que están conduciendo a la privatización de los saberes, del conocimiento. El alcance global de las nuevas disposiciones legales es lo que les da a las empresas transnacionales un control económico extraordinario en los mercados, motivo por el cual se viene presionando para que las legislaciones nacionales sean modificadas a la luz del nuevo marco internacional. Es así que se intensificó el proceso de armonización internacional de las legislaciones en propiedad intelectual. Además de la aprobación de ADPIC, la UPOV fue modificada en 1991 restringiendo los derechos de los agricultores sobre el uso propio de las semillas. 

El caso de México, se vuelve sumamente interesante para analizar el proceso anteriormente mencionado ya que lo que esta en juego en ese país, son semillas fundamentales para la cultura y la base alimentaria (Ribeiro, 2004). El cultivo del maíz, como principal exponente de esto, ha ido de la mano del desarrollo de la cultura nacional mexicana al tiempo que fue eje de las representaciones culturales mesoamericanas (Ita y López Sierra, 2003). Asimismo, además de la religiosidad que tiene para los pueblos indígenas de México, para el resto de la población no deja de tener gran importancia en tanto eje de la alimentación popular representando cerca de la mitad del volumen total de alimentos que se consumen. El proceso de inserción de OVGM se inicio en 1988 con la solicitud para experimentar con el cultivo de un jitomate transgénico. Sin embargo, el debate público acerca de los OVGM se ha potenciado en los últimos años a partir de que Quist y Chapela descubrieran en el año 2001 maíz contaminado con variantes transgénicas en Oaxaca generando un grave proceso de biocontaminación (Soria López, 2006). En 2009, mediante un decreto presidencial firmado en conjunto con las secretarías de Medio Ambiente, Agricultura, Economía, Educación y Salud, quedó sin efecto la moratoria de facto que durante 10 años prohibió la siembra experimental y comercial de maíz transgénico, por ser México centro de origen, diversidad y domesticación (De Ita, 2009). Además de la inserción de OVGM, los últimos años también han sido para México años de profundas transformaciones en las legislaciones que regulan las propiedad intelectual en semillas. Por un lado, la última versión de la Ley de Propiedad Industrial data de 1994, aunque fue reformada varias veces con adiciones puntuales (1994, 1997, 1999, 2004 y 2006). Por otro lado, la Ley Federal de Variedades Vegetales fue creada en 1996 y la última versión del reglamento data de 1998. Finalmente, una nueva Ley de Producción, Certificación y Comercio de Semillas entró en vigor el 14 de agosto de 2007. 

Ahora bien, a partir de la indagación acerca de cómo pasaron las semillas de ser consideradas bienes comunes, a convertirse en mercancías que se compran y venden en el mercado, el objetivo general de estas tesis es problematizar las formas en que la noción de semillas se modifica a través de los cambios en el entramado legal mexicano de la propiedad intelectual, al tiempo que produce una transformación de la relación de los campesinos con sus semillas. Para esto se indaga en las transformaciones acontecidas en las legislaciones que protegen la propiedad intelectual en semillas, a partir de la introducción de Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OVGM) en México. 
Las preguntas que guían esta tesis son: ¿Cómo y porqué se configuró un nuevo andamiaje legal en México en lo que respecta a propiedad intelectual y su relación con la biotecnología agraria? ¿Cuál es la noción de semillas que subyace en las nuevas legislaciones de propiedad intelectual? ¿Que variaciones sufrió esta noción con las últimas reformas del marco legal? ¿Qué proceso se está cristalizando con esta legislación? ¿Cuál es el lugar de productores agrarios en este nuevo entramado legal? El caso de México nos permite, al mismo tiempo, analizar como se dio este proceso en articulación con la significancia que tiene el maíz para el pueblo mexicano. En este sentido, lo que aparece es una disputa entre bienes comunes y mercancías. Hay, por un lado, una fuerte avanzada desde el capital para volver a las semillas mercancías. Pero hay por el otro lado, estrategias de resistencia y defensa de los campesinos y las comunidades indígenas para que las semillas sigan siendo bienes comunes. (...) Leer
Darío Aranda se refiere a que, en Argentina, a partir del segundo semestre de 2012 están las "Semillas en debate". Comunica: 
"“La ley Monsanto.” Es una de las formas en la que movimientos campesinos, pueblos indígenas y organizaciones sociales bautizaron al proyecto de ley de semillas que prepara el Ministerio de Agricultura. Según afirman las organizaciones, la medida, que sería tratada antes de fin de año en el Congreso, no dio participación a campesinos y pequeños productores, limita el “uso propio” (posibilidad de utilizar las semillas de la cosecha) y favorece a las corporaciones del agro. “El proyecto de ley pone en riesgo la soberanía alimentaria de nuestro país a través de la concesión de nuevos privilegios para las empresas transnacionales e implica la pérdida de los derechos de nuestro pueblo”, denuncia una declaración conjunta del Movimiento Agroecológico de Latinoamérica (Maela) y de la Red de Acción en Plaguicidas de América Latina (Rapal).


“El proyecto de modificación de la ley está formulado a la medida de Monsanto. En el 2003 Monsanto anunció que discontinuaba su programa de mejoramiento de soja en el país ‘debido a la baja rentabilidad del negocio, que imposibilita mantener los niveles adecuados de investigación en Argentina’. Su reclamo específico era una nueva ley de semillas que le permitiera tener ‘seguridad jurídica’ en sus operaciones”, explicó Carlos Vicente, de la organización internacional Grain, que estudia el mercado de semillas y las corporaciones agrícolas.
El 21 de agosto pasado, el ministro de Agricultura, Norberto Yauhar, presentó la nueva soja (RR2) junto a los directivos de Monsanto. “Hay que respetar la propiedad intelectual”, reclamó ese mismo día el ministro y adelantó que el Gobierno estaba trabajando en una nueva ley de semillas, que contemple el cobro de regalías para quienes desarrollan las semillas transgénicas(...)".  Leer

Veamos:


Privatizar las semillas. Controlar la vida. Multinacionales sobre nuestra soberanía alimentaria.
Miércoles 31 de Octubre de 2012
 
Por Vivi Benito
Las semillas agrícolas son la base de la soberanía de los pueblos. Su libre intercambio y circulación garantiza la reproducción de la diversidad y de la vida. ¿Qué pasa cuando este patrimonio colectivo de los pueblos queda en manos de empresas transnacionales?; ¿Qué pasa con el derecho a la alimentación? Por estos días la preocupación se extiende por todo el país en el marco de la hermética discusión sobre una nueva Ley de Semillas que profundizaría más aún su control corporativo.
enREDando consultó al especialista Carlos Vicente, de la organización GRAIN, quien nos ayuda a encontrar claridad sobre un tema vital y complejo. “La naturaleza es pródiga. Despilfarra una abundancia admirable para asegurar la continuidad de la especie (…) Ella no ejerce control de calidad sobre cada una de sus semillas. En el ciclo de la vida, la que no germina servirá de alimento para otras especies. Por eso el despilfarro no significa desperdicio. La generosidad es tanta que no hay como concentrar todo en pocas manos. Diariamente se constata: una gran producción sin reparto causa hambre. El monopolio es antinatural”, observa con lucidez el brasilero Werner Fuchs. Sin dudas los ciclos de la naturaleza, múltiples y perfectos, garantizan la reproducción de la vida y lejos están de las lógicas capitalistas de acumulación. Las comunidades originarias y pueblos campesinos del mundo consideran a la semilla como sagrada, como alimento que nutre, que da vida, por eso es considerada patrimonio de los pueblos al servicio de la humanidad. Privatizarla significa mercantilizar la vida, cercenar la capacidad de los pueblos de decidir sobre la producción y el consumo de los alimentos.
Por estos días, el Ministerio de Agricultura junto a las Cámaras Semilleras y sectores del agronegocio se encuentran discutiendo un nuevo texto para la Ley de Semillas, según los borradores que se conocen y por las declaraciones públicas de algunos funcionarios, puede interpretarse que a través del nuevo articulado la política nacional de semillas seguirá subordinada a las exigencias de las empresas transnacionales. La discusión de la Ley hasta el momento se presenta como una decisión hermética entre el gobierno nacional y las multinacionales, y es casi nulo el margen de discusión y de incidencia que tienen las organizaciones y movimientos campesinos, que serían los principales afectados por estas reformas. “Lo central del anteproyecto de Ley es que avanza en la privatización de las semillas y potencialmente de toda nuestra biodiversidad. Es importante remarcar que las organizaciones que encaramos esta campaña nos oponemos a todos los derechos de propiedad intelectual sobre formas de vida, y por lo tanto, cuestionamos también la ley de semillas del año 73. Pero este anteproyecto aumenta el control corporativo sobre las semillas, prohíbe un derecho fundamental como lo es guardar semilla y permite un sistema de policía privado para sostener el control por parte de las corporaciones del monopolio sobre las semillas”, nos explica Carlos Vicente, responsable de comunicación de GRAIN para América Latina y miembro del Foro de la Tierra y la Alimentación, en diálogo con enREDando.
“La Ley se encuentra en discusión en el ámbito del Comisión Nacional de Semillas (CONASE) dentro del Ministerio de Agricultura y están tratando de llegar a un acuerdo con las Cámaras Semilleras y los grandes productores. A partir del anuncio público del Ministro Yahuar, la Federación Agraria Argentina se ha retirado de la mesa de negociación y, aparentemente, las negociaciones están estancadas. Pero no hay que olvidar que el Ministro expresó con claridad el deseo del Gobierno de presentar el Proyecto al Parlamento antes de fin de año”, agrega Carlos con preocupación.¿Qué significa política y ambientalmente monoplizar nuestras semillas? “Significa tener el control de nuestro sistema alimentario desde la base misma de la agricultura que son las semillas. Así pueden decidir claramente qué podemos comer y cuanto tendremos que pagar para hacerlo. Por supuesto que este control desde la base se extiende a toda la cadena y está siendo implementado de manera agresiva por el agronegocio con el consentimiento y la complicidad de los gobiernos”, señala Carlos.

Por la Soberanía Alimentaria
La preocupación de las organizaciones y movimientos campesinos nucleados en el Movimiento Nacional Campesino Indígena/ CLOC - Vía Campesina se ha ido extendiendo de norte a sur del país, a través de movilizaciones, actos de visibilización y la difusión del documento 10 motivos para luchar contra el proyecto de ley que pretende privatizar las semillas en la Argentina.
En distintas geografías del país el reclamo es común: la defensa de la vida, el repudio al voraz avance del agronegocio y a la connivencia política. “Por ahora no se ha abierto ninguna instancia de consulta, las solicitudes que hemos hecho algunas organizaciones para acceder a un borrador del anteproyecto no han tenido ninguna respuesta”, agrega Vicente.
Desde el 16 de octubre, Día de la Soberanía Alimentaria, en Rosario se vienen realizando acciones públicas de denuncia y concientización de la mano de un conjunto de organizaciones sociales, culturales y políticas que luchan contra el modelo de explotación y saqueo, comercialmente llamado agronegocio. “Llamamos a rechazar este proyecto de ley diseñado por la multinacional Monsanto y el Gobierno Nacional, que fomenta la privatización de la vida y del conocimiento, profundiza el control monopólico de la cadena alimentaria, restringiendo, aún más, la capacidad del pueblo de decidir sobre la producción y el consumo de los alimentos”, expresó el colectivo de organizaciones en un comunicado.

Semillas verde dólar
Detrás de cada semilla hay gran cantidad de información, de conocimientos y saberes ancestrales. Su libre uso e intercambio es un tema vital para la humanidad que los poderes manejan a puertas cerradas. Quien tiene el dominio de las semillas, domina nada menos que la vida y la alimentación de los pueblos. La circulación e intercambio de semillas ha estado entre las prácticas más importantes de la agricultura tradicional pero se ha ido perdiendo con la industrialización de los procesos y el monopolio por parte de las transnacionales.
En nuestro país, el proceso de industrialización de la agricultura de profundizó en la década del 90 con la imposición del monocultivo, el desplazamiento del cultivo de especies locales por especies para exportación, la creación de variedades “mejoradas” e híbridas y el control de las semillas a través de los derechos de propiedad intelectual.
“Durante los años 90 el agronegocio se consolidó como modelo dominante en Argentina de la mano de la llegada de los transgénicos y su avance arrollador hasta llegar a las más de 20 millones de hectáreas de soja transgénica que están sembrándose en este momento. Para hacerlo fue necesaria la complicidad del menemismo que de la mano del entonces Subsercretario de Agricultura Felipe Solá creó las condiciones pseudo legales para posibilitarlo", detalla Carlos.
En ese marco enumera la creación de la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA), que abre las puertas para aprobar los transgénicos sin ninguna investigación independiente (1991); la reglamentación de la Ley de Semillas del 73 para incrementar los derechos de propiedad intelectual sobre las semillas (1991); la aprobación por resolución ministerial "en 81 días" de la soja transgénica de Monsanto resistente al glifosato a través de un expediente de 146 páginas presentado en inglés, en el año 1996. "A este panorama hay que sumarle la modificación de la Ley de Patentes, del año 94, que abrió las puertas para el patentamiento de los eventos biotecnológicos. Lamentablemente el nuevo desembarco de Monsanto en Argentina de los últimos meses tiene características muy similares al de aquellos días”, detalla Vicente cada uno de los pasos perfectamente planificados y ejecutados dentro de esta estructura de poder al servicio del dios dinero.

¿De qué se habla cuando se dice "régimen de propiedad intelectual de las semillas"? Cómo afecta esto a la agricultura campesina y familiar?
  • Las formas de propiedad intelectual sobre las semillas que se han instrumentado durante los últimos 50 años han sido dos: los derechos de obtentor regulados por la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) y las patentes. Lo que se está tratando de implementar con la modificación de la Ley de Semillas es la aplicación de la norma de UPOV 91 que avanza hacia un sistema muy similar al de las patentes. Este régimen tiene múltiples impactos sobre la agricultura familiar y campesina: impone semillas provistas por el mercado corporativo, exige la compra de semillas cada año incrementando los costos de producción, ilegaliza y erosiona el uso y conocimiento de las semillas nativas y criollas, permite la apropiación de las mismas por las corporaciones y pone a los agricultores en manos de Monsanto y las demás corporaciones del agronegocio al poder estas llegar a controlar las semillas y la producción en cualquier predio para garantizar que no estén usando "sus semillas".La nueva planta de producción de semillas de Monsanto, la introducción de una nueva soja transgénica y la ley de semillas, podrían encuadrarse dentro del avance de las multinacionales sobre nuestros recursos: ¿Qué hacer desde el pueblo y las organizaciones para frenarlo?
     
  • Las resistencias que han surgido y se han fortalecido durante los últimos años demuestran que nuestra sociedad está reaccionando y poniendo freno al avance corporativo: la lucha contra las fumigaciones, el repudio a la planta de Monsanto en Malvinas Argentinas y el rechazo a este intento de modificar la Ley de Semillas son una muestra clara de ello. Por supuesto que existen alternativas, la Soberanía Alimentaria y las Semillas como patrimonio de los Pueblos al servicio de la humanidad que propone la Vía Campesina y el Movimiento Nacional Campesino Indígena son un camino que hoy es abrazado por millones de personas en el campo y la ciudad. Para que estas propuestas se conviertan en políticas públicas tendremos que recorrer un largo camino. ¡Pero las semillas ya están sembradas y no podrán ser privatizadas!
Fuente: http://www.cloc-viacampesina.net/es/temas-principales/soberania-alimentaris-y-comercio/1329-privatizar-las-semillas-controlar-la-vida-multinacionales-sobre-nuestra-soberania-alimentaria


Las FARC-EP iluminan rumbos emancipatorios con centro en: "Transformación de las relaciones rurales, que contribuya a la democratización real del poder territorial, de la sociedad, del Estado y del modelo económico en su conjunto, así como al buen vivir de la población". ¿Cómo proceden para elaborar propuestas?

  1. Las FARC-EP han estudiado con atención las propuestas que el pueblo presentó en eventos como las Mesas Regionales de Paz impulsadas por las Comisiones de Paz de Senado y Cámara, el encuentro internacional Pueblos Construyendo Paz, el Foro Política de Desarrollo Agrario Integral (enfoque territorial), las propuestas enviadas a la página Web dispuesta por la Mesa de Conversaciones, entre otras iniciativas que deben motivar la máxima participación y la presencia directa de la ciudadanía en el proceso de paz.
  2. Del estudio de tales propuestas y reflexiones, hemos tomado las conclusiones centrales para esbozar una posición preliminar referida al primer punto del Acuerdo General, la cual apunta a resolver la injusta estructura latifundista de la tenencia de la tierra, causa fundamental de la miseria y la guerra que padece Colombia. Nuestra propuesta, la cual iremos presentando a consideración de nuestros compatriotas en el curso de este nuevo ciclo de intercambios, la hemos titulado Diez propuestas para una política de desarrollo rural y agrario integral con enfoque territorial, y con respecto a ella presentaremos paulatina y públicamente los argumentos de sustento que están construidos observando las iniciativas de la población.
  3. Las FARC-EP, en ejercicio de su soberanía política y en desenvolvimiento de su interlocución constante con el pueblo, ponen en conocimiento del país la primera de las diez propuestas:



La Delegación de Paz de las FARC-EP desarrolla sus propuestas a través de sucesivos comunicados.



1. Las FARC-EP instan al Gobierno a avanzar en el diálogo 
y proponen una reforma agraria integral

PRIMERA PROPUESTA. Realización de una reforma rural y agraria integral, socioambiental, democrática y participativa, con enfoque territorial, fundamentada en los siguientes propósitos:

a. Superación de las condiciones políticas, económicas, sociales y culturales que generan el ejercicio estructural de la violencia por parte del Estado y fuerzas paramilitares en las zonas rurales, y provocan el alzamiento armado guerrillero para enfrentar esas condiciones.
b. 
Transformación de las relaciones rurales, que contribuya a la democratización real del poder territorial, de la sociedad, del Estado y del modelo económico en su conjunto, así como al buen vivir de la población.
c . Erradicación del hambre, la desigualdad y la pobreza rurales; restablecimiento de la dignidad y reconocimiento de los campesinos y campesinas como sujetos políticos, y garantía y disfrute efectivo de sus derechos políticos, económicos, sociales y culturales, incluida la correspondiente provisión de recursos de presupuesto e infraestructura social.
d. Construcción de una nueva ruralidad basada en la justicia territorial y la democratización de las relaciones urbano-rurales.
e. Desconcentración y redistribución de la propiedad sobre la tierra mediante la erradicación del latifundio improductivo, inadecuadamente explotado u ocioso.
f. Promoción al acceso y el disfrute del derecho a la tierra y al territorio de los campesinos sin tierra y de las mujeres en especial.
g. Prohibición o establecimiento de límites estrictos, según el caso, a la extranjerización de la tierra.
h. Reparación integral de la población víctima del desplazamiento forzado y del despojo.
i . Protección y mejoramiento de las condiciones de propiedad y producción de los pequeños y medianos propietarios.
j. Reconocimiento y respeto de los territorios colectivos de comunidades indígenas, afrodescendientes, raizales y palenqueras, así como de los territorios campesinos de Zonas de Reserva Campesina y de futuras Zonas de Producción de Alimentos.
k . Ordenamiento territorial y definición de usos de la tierra que garanticen la protección de los ecosistemas, la sostenibilidad socioambiental, el derecho al agua, la producción de alimentos y la soberanía alimentaria.
l. Estímulo a la economía campesina y en especial a la producción de alimentos, considerando la coexistencia de diferentes modelos de producción, atendiendo regulaciones estrictas de los encadenamientos productivos.
m. Auspicio de una política de investigación y desarrollo científico técnico, de protección de las semillas nativas y del conocimiento propio.
n. Dotación de medios de producción, de infraestructura física de transporte y comunicaciones, de distritos de riego y regadío, de acopio, almacenamiento y comercialización, de recursos de crédito y de otros medios de financiación, privilegiando las economías campesinas y de producción de alimentos.
o. Denuncia o revisión de tratados y acuerdos y de todo tipo de regulaciones de libre comercio, inversión o propiedad intelectual que afecten la soberanía alimentaria y las condiciones de nutrición y alimentación de la población.

Fuente original: http://www.pazfarc-ep.blogspot.com.es/


2. Las FARC-EP siguen alimentando la agenda de paz y 
proponen una "nueva ruralidad"


(...)Segunda Propuesta: Erradicación del hambre, la desigualdad y la pobreza de los pobladores rurales, y compromiso con el mejoramiento de sus condiciones de vida y de trabajo, mediante el acceso y disfrute efectivo de sus derechos políticos, económicos, sociales y culturales. Ello implica, de manera prioritaria, la puesta en marcha de programas masivos de nutrición y alimentación y de empleo rurales, de dignificación y laboralización del trabajo agropecuario atendiendo estándares de normatividad internacional, así como la provisión de la correspondiente infraestructura social en educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, cultura y deporte, acompañada de la disposición extraordinaria de recursos del presupuesto público. 

Tercera Propuesta: Construcción de una nueva ruralidad basada en la democratización de las relaciones urbano-rurales, y en el principio de la justicia territorial, que supere visiones extractivistas y utilitaristas del mundo rural y reconozca en él sus potencialidades políticas y culturales para el desarrollo del país y el buen vivir de su población.
Ello implica la puesta en marcha de medidas excepcionales para cubrir la deuda histórica política, económica, social y cultural del Estado con el campo y sus pobladores, deuda que ha producido violencia, exclusión, desigualdad, pobreza, discriminación y segregación territorial; impone la desmilitarización del Estado y de la sociedad y la superación de la estigmatización del campesinado; conlleva el ordenamiento y la regulación del territorio urbano-rural con base en criterios de equidad, mutuo beneficio y participación democrática; demanda medidas reales y efectivas para la apropiación de la riqueza pluriétnica y multicultural del mundo rural, incluyendo valores, modos de vida y de organización de la economía.  Fuente original: http://pazfarc-ep.blogspot.com.es/2013/01/comunicado-delegacion-de-las-farc-ep.html 
Fuente:
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=162558&titular=las-farc-siguen-alimentando-la-agenda-de-paz-y-proponen-una-%22nueva-ruralidad%22-


3. Las FARC-EP proponen un nuevo ordenamiento del terrritorio 
y la redistribución de tierra


CUARTA PROPUESTA: Ordenamiento social y ambiental, democrático y participativo del territorio, del derecho al agua y de los usos de la tierra, que propicie relacionamientos sostenibles con la naturaleza y equitativos con la ciudad, priorizando la protección de ecosistemas frágiles y el acceso y disfrute estratégico del agua por parte de la población; reconozca y respete las diversas trayectorias étnicas y culturales de vida y de organización del territorio; estimule usos agrícolas de la tierra que “desganadericen” las economías rurales y privilegien la producción de alimentos y la soberanía alimentaria; contemple una organización de la producción de bienes agrícolas básicos en espacios aledaños a los centros de consumo, propiciando y afianzando el asentamiento y estabilización de pequeños y medianos productores en esos espacios; establezca límites y estrictas regulaciones socioambientales, o prohibiciones, según el caso, a las economías de extracción de gran minería a cielo abierto, de hidrocarburos, de generación de energía hídrica y de producción de agrocombustibles; establezca regulaciones específicas de acompañamiento a la pequeña y mediana minería y a la minería artesanal para contribuir a su sostenibilidad socioambiental o a su reconversión; y contemple acciones frente a los cultivos de uso ilícito para transitar hacia producciones alternativas o de sustitución, o para su legalización atendiendo fines medicinales y terapéuticos o razones culturales. 

QUINTA PROPUESTA: Garantía de acceso real y efectivo y disfrute del derecho a los bienes comunes de la tierra y el territorio,
 considerando de manera especial el derecho de las mujeres, y una perspectiva pluriétnica y multicultural. Se propone la creación de un Fondo de Tierras, conformado por tierras provenientes de latifundios improductivos, ociosos o inadecuamente explotados, tierras baldías, tierras apropiadas mediante el uso de la violencia y el despojo, y tierras incautadas al narcotráfico. Con base en la definición de las condiciones agroecológicas, de fertilidad y productividad de las tierras que conforman el Fondo, se procederá a su distribución a través de la dotación de tierra a campesinos sin tierra y a mujeres, de manera prioritaria; se mejorarán las condiciones de propiedad y de producción de los pequeños y medianos propietarios, incluida la superación del microfundio. Las unidades de propiedad, medidas en Unidades Agrícolas Campesinas, deberán garantizar condiciones de vida y de trabajo digno a los campesinos y campesinas y evitar la concentración de la propiedad sobre la tierra. Economías campesinas asociativas y de cooperación serán estimuladas. Los flujos poblacionales y reasentamientos provocados por la redistribución democrática y participativa de la tierra serán concertados con los campesinos. El acceso a la tierra comprende el reconocimiento y definición de territorios campesinos, indígenas, afrodescendientes, raizales, palenqueros e interétnicos. En el caso de la población desplazada y de las víctimas del despojo, la restitución de tierras debe ser superada por la reparación integral basada en el catastro alternativo. El acceso a la tierra no implica la mera formalización jurídica de la propiedad, es decir, la titulación, también exige la provisión de condiciones generales para su usufructo, la protección frente a la especulación financiera, la prohibición o regulación estricta, según el caso, del derecho de superficie. La política tributaria debe erigirse en un instrumento de la política de desconcentración de la propiedad; debe ser directa y progresiva y prever mayores castigos tributarios para tierras ociosas, improductivas o inadecuadamente explotadas; supone una actualización inmediata de los avalúos catastrales, atendiendo parámetros técnicos. 
 

4. Las FARC-EP proponen reconocer los territorios colectivos de 
 indígenas, afro-descendientes, raizales y del campesinado
 


SEXTA PROPUESTA: Reconocimiento de los territorios colectivos y las territorialidades de los pueblos indígenas, de las comunidades afro-descendientes, raizales y palenqueras, lo cual implica la titulación colectiva de sus tierras y territorios, el respeto real y efectivo de la autonomía y la organización política, económica, social y cultural de esas comunidades, con fundamento en jurisdicciones propias, y la responsabilidad del Estado para su protección y financiamiento. En el mismo sentido, se propone el establecimiento de territorios interétnicos, definidos como territorios de coexistencia de las diferentes formas culturales de vivir de las comunidades campesinas, indígenas y afro-descendientes, con regulaciones colectivas propias y atendiendo principios de autonomía y autogestión. 

SÉPTIMA PROPUESTA: Reconocimiento y definición de los territorios y las territorialidades campesinas, incluidos los derechos de las comunidades campesinas y la dignificación y el reconocimiento político del campesinado. Los territorios campesinos deben tener los mismos alcances de las otras formas de territorios colectivos. En consecuencia se fundamentan en el respeto real y efectivo por la autonomía y la organización política, económica, social y cultural, en el establecimiento de jurisdicciones campesinas propias, y en la responsabilidad del Estado para su protección y financiamiento. Estos territorios asumirán dos formas: Primero, como territorio colectivo de Zonas de Reserva Campesina; segundo, como Zonas de Producción Campesina de Alimentos. Todo lo anterior, ha de acompañarse de medidas que garanticen la vida y las concernientes a la dignificación y al reconocimiento político de los campesinos y campesinas por parte del Estado, lo cual debe empezar con la adopción de la declaración de los derechos del campesino de la ONU, así como del acuerdo 141 de la OIT referente al trabajo rural, con su consecuente incorporación en el ordenamiento jurídico. 

5. Las FARC proponen proteger la soberanía alimentaria y 
el conocimiento y revisar los TLC


Propuesta Octava : Compromiso con la soberanía alimentaria mediante la promoción y el estímulo a las diversas formas de producción de alimentos destinadas al cubrimiento de las necesidades nutricionales y de alimentación del pueblo colombiano. Ello demanda crear condiciones de producción, circulación, comercialización y consumo de los alimentos, basadas en relaciones de equidad y justicia y de mutuo beneficio entre productores rurales y consumidores urbanos, incluidas la provisión de infraestructura física, especialmente de vías de comunicación y de riego, de transporte, de acopio y almacenamiento, de comercialización y acceso a los mercados local, regional, nacional o internacional, de crédito y de otros medios de financiación. La economía campesina merece especial protección y estímulo por parte del Estado. Lo anterior, también comprende la posibilidad de encadenamientos productivos entre diversos modelos de producción agrícola, con fundamento en estrictas regulaciones que garanticen organización y distribución equitativa de la producción y sus beneficios entre los diferentes componentes de tales encadenamientos. Se incluyen igualmente las economías rurales de carácter agroindustrial, orientadas al mercado mundial, siempre y cuando no afecten la soberanía alimentaria y garanticen sostenibilidad socioambiental. 

Propuesta novena : Estímulo a la investigación y al desarrollo científico y tecnológicos, a la protección y promoción del conocimiento ancestral y propio, a las semillas nativas, con miras a garantizar la conformación de una base técnico-material que sirva de sustento para el abastecimiento alimentario y el desarrollo industrial. Estímulo a la investigación socioeconómica de la economía y sociedad rural, apoyada en la producción y sistematización permanente y actualizada de información, para apoyar el diseño de las políticas de desarrollo rural. Ello impone la realización inmediata de un Censo Rural y Agrario. 
Propuesta décima : Denuncia o revisión de los acuerdos y tratados y de toda regulación supranacional de comercio, inversiones o propiedad intelectual, que menoscaben la soberanía alimentaria y las condiciones de nutrición y alimentación de la población, propicien la extranjerización de la tierra y el territorio, promuevan su acaparamiento en manos de consorcios transnacionales o estimulen la especulación financiera, propicien la producción transgénica o la imposición de paquetes tecnológicos por transnacionales de los agronegocios o de la alimentación. Mientras ello se produce, expedición de medidas inmediatas de protección y subsidio a las economías de producción de alimentos, en especial a la economía campesina, amenazadas por la puesta en marcha de los tratados de libre comercio. 
Las diez propuestas aquí presentadas, demandan la conformación de una nueva institucionalidad estatal y social de la economía y la sociedad rural colombiana. De igual manera, implican la activación de mecanismos que garanticen su seguridad jurídica, una Asamblea Constituyente y legislativa es el camino. 

DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP 
Enero 23 de 2013.
La Habana, República de Cuba. Sede de los diálogos por la paz con justicia social para Colombia.
 



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